ASAMBLEAS DE PROPIETARIOS es el máximo organismo en tu PH

Lee bien, no es la Junta Directiva, tampoco es tu Administrador. Ambos están sujetos a las directrices de nosotros, los propietarios en decisiones por mayoría. Y estás decisiones se toman en Asambleas de Propietarios. Si tu Junta Directiva no la convoca, estás en problemas y tu PH.

Lo más triste es que muchos propietarios, Administradores y la Junta Directiva ignoran lo que dice la Ley 284, el Reglamento de CoPropietarios y hasta el Reglamento de Uso.

Y otros en el poder, abusan de esta ignorancia para decidir y hasta tomar ventajas. Y es que la Asamblea de Propietarios tiene que SOBREVEER lo que hace tanto el Administrador y la Junta Directiva, por ello en esta Ley 284, marca nuevamente (si, también estaba en la ley vieja) que en la Asamblea de Propietarios ANUAL ellos deben presentar 4 informes para que todos los propietarios sepan cómo se está utilizando o malgastando nuestro aporte.

El artículo 62, dentro del Capítulo V de la Asamblea de Propietarios, se exige, o sea es de obligatoriedad presentar:

  • Proyecto de Presupuesto
  • Informe de Ingresos y Egresos, elaborado por el Administrador y REFRENDADO POR UN CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO.
  • el Informe de Gestión de la Junta Directiva
  • El Estado Financiero auditado.
    Y estos informes se deben enviar a todos los propietarios por lo menos 15 días antes de la Convocatoria de la Asamblea de Propietarios.

En otras palabras, los que van a utilizar nuestros fondos, no pueden inspirarse de un momento a otro a salir a comprar unas lámparas para el lobby. No !! eso debió ser presentado y aprobado por la Asamblea de Propietarios.

O vienen y deciden en una Junta Directiva aprobar y crear un Parque de Perros, para ganar favor con aquellos propietarios que tienen mascotas. No, no se puede, porque estás utilizando un bien común – jardín del PH y todo proyecto en un bien común tiene que tener la aprobación o desaprobación de la Asamblea de Propietarios.

O decide la Junta Directiva modernizar el lobby con la baldosa más costosa que hay en el mercado. Ciertamente ese PH tiene plata, pero NO, no se puede, el lobby es un bien común y también tiene que tener un presupuesto que previamente al trabajo se debe aprobar la Asamblea de Propietarios, y te aseguro que algún propietario arquitecto o ingeniero civil pondrá en duda ese costosísimo presupuesto.

Ya ves por qué en conjunto la Asamblea de Propietarios tiene que conocer y vigilar estos aportes que das, conocido como Cuota de Mantenimiento?

La ley 284 solo tiene 125 artículos. Y le puedes poner mucha atención a lo que te ocupa, Asamblea de Propietarios, Deberes y Derechos, Junta Directiva, Funciones de estos directivos y del Administrador.

Ah, y para las muchas funciones que recaen en el Administrador, que es un Gerente General con muchas cualidades, si no quieres estar supervisando a cada rato y resolviendo los errores que comete, es necesario que la Asamblea de Propietario escoja aquel que tenga un perfil como este y lo que recomienda el Artículo 93:

  • Buen carácter y con buenas relaciones humanas. No te imaginas el estrés de estos administradores al tratar con los propietarios, que mal pensando, quieren imponer sus propias voluntades sin considerar a otros. También que tienen que lidiar con diversos tipos de empleados que están trabajando para el PH.
  • Conocedor de leyes y procesos legales, especialmente para los cobros retrasados, en una forma cordial y muy puntual.
  • Una persona muy responsable que sepa algo de ingeniería civil o sea humilde para buscar consejos y evaluar las diferentes alternativas para mantener, y conservar los PHs en buenas condiciones: plomería, elevadores, limpieza, aires acondicionados y muchos más. Esta ley les permite considerar a un ingeniero, asesor legal, contador para el buen funcionamiento del PH.
  • Con conocimiento contable, para manejar los informes de ingresos (cuota de mantenimiento) y los egresos y presentar los balances bancarios.

Concluyendo hoy en día, hay libros sobre los PHs, como el del Lic. Rolando Candanedo o del Prof. Osvaldo Lau (Dejando huellas), hay seminarios online, y conferencias presenciales o virtuales (Instagram, Zoom), dependiendo de la profundidad de la enseñanza es gratuito o con un honorario. Pero vale la pena comprender y proteger la gran inversión que su familia ha hecho.

Estamos hablando de su hogar, y el hecho de convivir con vecinos es muy necesario que sea gentil y pacificador cuando surjan diferencias. Recuerde, su familia le observa, y quieren vivir orgullosos de los buenos valores que practica en todo momento, en las buenas y malas situaciones.

Revista Chung Sir

Revista China de Panamá, en chino y español, 6 ediciones al año, incluye 2 ediciones especiales. Con más de 8 años en el mercado.

Revista Chung SirASAMBLEAS DE PROPIETARIOS es el máximo organismo en tu PH

Related Posts

mayo 19, 2023

Queja administrativa en el régimen de PH

Como paisana vivo en un apartamento que está bajo el régimen de PH, y formé parte de su junta directiva. Renuncié hace poco porque notaba que el ...

marzo 29, 2022

¿Qué hay de nuevo en la Ley 284?

Para contarles rapidito, esta ley nos permitió hacer finalmente una elección para cambiar la Junta Directiva. Ya llevábamos 8 años, secuestrados ...