Para ser parte del cambio, el gobierno de Panamá ha emitido una serie de nuevas normas fiscales para facilitar el cumplimiento de los contribuyentes. Por y para ello es importante tener presente el nuevo calendario tributario eventual de este año 2020:
- 30 de junio – hasta esa fecha se pueden hacer nuevos arreglos de pago sobre impuestos morosos, arreglos que vencen el 31 de diciembre, al igual que los arreglos anteriores realizados al amparo de la ley de amnistía.
- 15 de julio – plazo para la presentación de la declaración jurada del ITBMS de los meses de marzo, abril y mayo.
- 17 de julio – plazo definitivo para presentar la declaración jurada de rentas del período 2019.
- 17 de julio – plazo para poder presentar, sin costo alguno, una declaración rectificativa de la declaración jurada de rentas del 2019, que fuera presentada antes de que se decretara el Estado de Emergencia Nacional.
- 17 de julio – fecha límite para pagar los tributos (impuestos directos e indirectos, tasas y contribuciones especiales) causados o que deben pagarse durante el período de 120 días calendarios que vence el 17 de julio.
- 17 de julio – fecha límite para pagar la primera partida del impuesto de inmuebles, que venció el 30 de abril del 2020, sin recargos ni intereses moratorios.
- 17 de julio – fecha máxima para pagar el impuesto de inmuebles retenido por los bancos, en su calidad de agentes retenedores.
- 17 de julio – hasta esta fecha se concede plazo para presentar el informe de pagos efectuados a terceros del año 2019.
- 17 de julio – fecha máxima para presentar el Informe de Donaciones Recibidas correspondiente al año 2019
- 31 de julio – plazo para presentar el Informe de Planillas 03-2019, en reemplazo de los 5 meses del año anterior, tal como establece la Resolución 201-1180 del 9 de abril del 2008. La nueva norma no dice nada sobre el pago cuando se produzca saldo a favor del Tesoro Nacional, por lo que debemos concluir que la fecha límite para el pago será el 17 de julio.
- 31 de julio – fecha final para presentar el informe de contribuyentes no declarantes que correspondan a los meses de febrero, marzo, abril y mayo del 2020.
- 31 de julio – fecha tope para presentar el Informe de Ventas con Tarjeta de Débito del período comprendido desde febrero a mayo del 2009.
- 31 de julio – término para poder presentar el Informe de Compras e Importaciones de Bienes y Servicios (F-43) de los meses febrero, marzo, abril y mayo, aún si no ha realizado operaciones que reportar.
- 31 de julio – nuevo plazo para la presentación o entrega de la declaración del Municipio de Panamá.
- 30 de septiembre – vence el plazo para pagar la primera partida del impuesto sobre la renta estimada.
- 30 de septiembre – Término para presentar el Informe de Precios de Transferencia del año 2019, de los contribuyentes con período fiscal regular (calendario).
- 31 de diciembre – vence el plazo para cumplir los arreglos de pago con el beneficio de eliminar el 85% de recargos, intereses y multas.
- 31 de diciembre – fecha tope para presentar la declaración tardía de mejoras y la solicitud de prescripción del impuesto de inmuebles.
- 31 de diciembre – vence el plazo para pagar la segunda partida del impuesto sobre la renta estimada.
- 31 de diciembre – Se termina el año del Covid-19. Feliz año nuevo.